¿Trabajas demasiado? Conoce a qué días de descanso tienes derecho

¿Trabajas demasiado? Conoce a qué días de descanso tienes derecho.




Descanso Diario: contenido en la ley como Jornadas de Trabajo este es el límite diario impuesto al trabajador que permite al mismo alejarse de la actividad laboral entre una jornada de trabajo y otra.
Descanso Semanal: conocido en la práctica como el séptimo día este es el que permite al trabajador alejarse de la actividad laboral cada cinco o seis días.
Descanso anual: es conocido en la ley como Vacaciones: este es el que permite al trabajador alejarse por un espacio prolongado de tiempo una vez por año, de toda actividad laboral, la cual debe ser de un mínimo de 15 días hábiles.
Tiempo mínimo para gozar de vacaciones:
Deberá tener un mínimo de 150 días laborados en el año de trabajo.

Días de asueto:
Son todos los días que son de descanso para los trabajadores pero con goce de salario los cuales son los siguientes en Guatemala:
  1. El 1º. De enero.
  2. El jueves, viernes, y sábado santos.
  3. El 1º. De mayo.
  4. El 30 de junio
  5. El 15 de septiembre.
  6. El 20 de octubre.
  7. El 1º. De noviembre.
  8. El 24 de diciembre medio día a partir de las doce horas
  9. El día de la festividad local.


Reglas de los asuetos obligatorios:
El patrono está obligado a pagar el día de descanso semanal aún cuando en una misma semana coincidan uno o más días de asueto, así mismo cuando coincidan un día de asueto pagado y un día de descanso semanal.

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