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¿Cuántas horas te hacen trabajar? Conoce las jornadas legales de trabajo
¿Cuántas horas te hacen trabajar? Conoce las Jornadas legales de trabajo en Guatemala
Tiempo de trabajo
Es aquel en que el trabajador permanece a las
ordenes del patrono.
Horas Ordinarias
(Artículos
121-122 ) Es el tiempo de trabajo efectivo no mayor de cuarenta y ocho horas a
la semana ni mayor de doce horas diarias.
Clases de Jornadas:
Diurnas: No puede mayor de 8 horas diarias y
no exceder 48 horas a la semana.
Nocturnas: No puede ser mayor de 6 horas
diarias y no exceder de 36 horas a la semana.
Mixtas: No puede ser mayor de 7 horas diarias ni
mayor de 42 horas a la semana.
¿Deben pagarme extra si trabajo más horas de las
que indica la ley?
El trabajo efectivo que se ejecute fuera de los
límites de tiempo para la jornada ordinaria, o que exceda del límite inferior
que contractualmente se pacte, constituye jornada extraordinaria y debe ser
remunerada por lo menos con un cincuenta por ciento más de los salarios mínimos
o de los salarios superiores a éstos que hayan estipulado las partes.
No se consideran horas extraordinarias las que el
trabajador ocupe en subsanar los errores imputables sólo a él, cometidos
durante la jornada ordinaria, ni las que sean consecuencia de su falta de
actividad durante tal jornada, siempre que esto último le sea imputable.
¿Existe un máximo de horas laborales diarias?
Las jornadas ordinarias y extraordinarias no pueden
exceder de un total de doce horas diarias, salvo casos de excepción muy
calificados que se determinen en el respectivo reglamento o que por siniestro
ocurrido o riesgo inminente, peligren las personas, establecimientos, máquinas,
instalaciones, plantíos, productos o cosechas y que sin evidente perjuicio, no
sea posible sustituir a los trabajadores o suspender las labores de los que
estén trabajando.
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