¿Cuál es el objeto del contrato social?
Es aquello que los socios se obligan a dar, hacer o no hacer (Art, 46 #5 Código de notariado y 1730 del Código Civil.
Las aportaciones según lo establece el art. 27 Código de Comercio, pueden ser:
- Dinerarias.
- Dinerarias en efectivo.
- Dinerarias en títulos valores o de créditos.
- No dinerarias.
- Dinerarias en bienes.
- No dinerarias en industria
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