Clasificación Doctrinaria de los Títulos de Crédito


 

CLASIFICACIÓN DOCTRINARIA DE LOS TÍTULOS DE CRÉDITO

ATENDIENDO AL OBJETO DEL DOCUMENTO O POR EL DERECHO INCORPORADO:

Títulos personales o corporativos: son aquellos cuyo objeto principal no es un derecho de crédito, sino la facultad de a su tenedor una calidad personal.
Títulos Obligaciones: son aquellos cuyo objeto principal es un derecho de crédito.
Títulos reales de tradición: son aquellos cuyo objeto principal no es un derecho de crédito, sino un derecho sobre mercaderías.

ATENDIENDO A SU FORMA DE CREACIÓN:

Títulos singulares, individuales o aislados: son creados en un solo acto.
Títulos seriales de masa: se emiten en serie.

ATENDIENDO A LA SUBSTANTIVIDAD DEL DOCUMENTO.

Títulos Principales: se valen por sí solos.
Títulos Accesorios: dependen de un título principal.

ATENDIENDO A LA FORMA DE CIRCULACIÓN DEL TÍTULO:

Títulos nominativos o directos: tienen una circulación restringida.
Títulos a la orden: se extienden a una persona determinada y se transfiere por endoso.
Títulos al portador: su simple tenencia legitima al poseedor.

POR SU ESTRUCTURA:

Títulos casuales: aquellos en la que la obligación est aintimamente ligada al título.
Títulos abstractos: aquellos que se desligan de la causa y funcionan sin ninguna conexión con el negocio.

POR EL CARÁCTER DEL CREADOR:

Títulos Públicos: creados por entidades del Estado.
Títulos Privados: creados por los particulares.

POR LA FUNCIÓN ECONÓMICA:

Títulos de especulación: aquellos cuyo producto no es seguro, sino fluctuante.
Títulos de inversión: aquellos cuya renta está asegurada y garantizada.

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